Autoridad Instructora
Las funciones específicas de Autoridad Instructora son las siguientes:
a) Desarrollar las labores de actuación de pruebas y formular el informe final de instrucción.
b) Evaluar los informes de supervisión puestos a su consideración para que, de ser el caso, se dé inicio al Procedimiento Administrativo Sancionador correspondiente.
c) Realizar la imputación de cargos, a través de la notificación del inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador en observancia de los requisitos establecidos por Ley.
d) Desarrollar las labores de instrucción y actuación de pruebas durante la investigación en primera instancia.
e) Formular el Informe Final de Instrucción, ya sea de abstenerse o determinar la responsabilidad administrativa, y ponerla en conocimiento de la Autoridad Decisora.
f) Solicitar el dictado de medidas cautelares a la Autoridad Decisora.